Montecristi
Pluralidad Juridica parte de la Plurinacionalidad
LOS PUEBLOS INDIGENAS EJERCERAN JUSTICIA EN BASE A TRADICIONES ANCESTRALES
Ciudad Alfaro , 25 de marzo de 2008 (Sala de Prensa José Peralta) La nueva Constitución consagraría el sistema oral para la administración de la justicia, según el artículo constitucional, aprobado por la Mesa 8 de Justicia y Lucha Contra la Corrupción. Así mismo, las autoridades de los pueblos indígenas, ejercerán funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales, determinó esta comisión constituyente. Los textos aprobados dicen:
Artículo 6 Oralidad: La sustanciación de los procesos en todas las materias, instancias, etapas y diligencias se llevará a cabo mediante el sistema oral, de acuerdo con los principios de concentración, inmediación y dispositivo. Aprobado por 12 votos a favor y una ausencia (Gabriel Rivera).
Artículo (innumerado) Las autoridades de los pueblos indígenas, ejercerán funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio, dentro de su ámbito territorial, aplicando normas y procedimientos propios para la solución de sus conflictos internos, siempre que no sean contrarios a la Constitución y a los derechos humanos reconocidos y garantizados en instrumentos internacionales vigentes.
El Estado garantizará que las decisiones de la jurisdicción indígena sean respetadas por instituciones y autoridades públicas. La ley establecerá los mecanismos de coordinación y cooperación entre la jurisdicción indígena y la jurisdicción ordinaria. Sala de prensa José Peralta /
F/T
Reproducido por:
José M. Atupaña Guanolema
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