Acuerdo Ministerial No. 200, del 24 de octubre de 2001
MINISTERIO DE EDUCACION U CULTURA
DIRECCION NACIONAL DE EDUCACION INTERCULTURAL BILINGÜE
No. 200
El Director Nacional de Educación Intercultural Bilingüe
CONSIDERANDO:
Que, el reglamento Orgánico funcional de la DINEIB prevé la conformación de la Comisión de Educación Intercultural Bilingüe;
QUE, para su funcionamiento se requiere establecer normas que determinen sus funciones y atribuciones;
En uso de sus atribuciones:
ACUERDA:
Artículo único.- Expedir el siguiente reglamento para el funcionamiento de la Comisión de Educación Intercultural Bilingüe:
REGLAMENTO DE LA COMISION DE EDUCACION
INTERCULTURAL BILINGÜE
Artículo 1.- Se establece la Comisión de Educación Intercultural Bilingüe como organismo adscrito a la Dirección Nacional de Educación Intercultural Bilingüe.
Artículo 2.- La - Comisión de Educación Intercultural Bilingüe; estará conformada por un representante de cada una de las nacionalidades indígenas de acuerdo . con lo que establece el reglamento orgánico funcional de la DINEIB.
Artículo 3.- La Comisión se reunirá de manera ordinaria una vez por semestre y, de manera extraordinaria, cuando fuere convocada por el Director Nacional de la DINEIB o por la mitad más uno de sus miembros.
Artículo 4.- La convocatoria a las reuniones; que se realizará por lo menos con tres días de anticipación, contendrá los temas propuestos por el Director Nacional y los inherentes a sus funciones.
Artículo 5.- La directiva de la Comisión constará de un Presidente, un Presidente Alterno y un Secretario.
Artículo 6.- La Comisión estará presidida por el Director Nacional y elegirá, de entre sus miembros, al Presidente Alterno y al Secretario.
Artículo 7.- Son funciones de la Comisión: .
a) Proponer a la Dirección Nacional temas y mecanismos para la implementación de procesos de evaluación,
b} Participar en la planificación de las actividades anuales de la DINEIB,
c) Vigilar por el cumplimiento de los objetivos de la Educación Intercultural Bilingüe,
d) Colaborar en la solución de los Problemas que se presenten en las direcciones provinciales y en lo s centros educativos con respecto al buen funcionamiento del sistema educativo,
e) Analizar la documentación de las candidatos y seleccionar, para su designación como Director Nacional, a la persona que cumpla con los siguientes requisitos, además de los que establecen las leyes y reglamentos dé educación,:
Ser hablante nativo de una de las lenguas vernáculas,
Estar prestando servicios en la jurisdicción intercultural bilingüe,
Tener experiencia de por la menos 5 años en administración de educación intercultural bilingüe,
haber realizado estudios académicos que garanticen su conocimiento del sistema educativo.
Artículo 8.- La decisión con respecto á la selección del candidato á Director Nacional sé realizará en la primera convocatoria para el efecto y con la votación de la mayoría absoluta.
Artículo 9.- Son funciones del Presidente de la Comisión:
a) Convocar á las reuniones ordinarias y extraordinarias,
b) Presidir las reuniones de la Comisión;
c) Proponer la agenda de trabajo,
d) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones de la Comisión,
Artículo 10.- Son funciones del Presidente Alterno de la C omisión:
a) Reemplazar al Presidente en su ausencia,
b) Presidir las reuniones de la Comisión cuando se trate de seleccionar a los candidatos a. Director Nacional,
c) Vigilar la ejecución de ras procesos da evaluación del sistema de Educación Intercultural y,
d) Proponer a la DINEIB la realización de acciones para el mejoramiento del sistema de educación intercultural bilingüe,
e) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones de la Comisión,
f) Las demás que les fueren encomendadas por el Presidente de la Comisión en representación de sus miembros.
Artículo 11. - Son funciones del Secretario:
a) Llevar las actas de las reuniones,
b) Mantener el contacto debido con la Dirección Nacional para efectos de comunicación.
c) La demás que les fueren encomendadas por el Presidente de la comisión en representación de sus miembros.
Comuníquese, en Quito a 24 OCT. 2001
Luis Montaluisa
DIRECTOR NACIONAL |